{"id":30,"date":"2016-09-09T07:44:42","date_gmt":"2016-09-09T05:44:42","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.diariosur.es\/deporlegal\/?p=30"},"modified":"2016-09-09T07:44:42","modified_gmt":"2016-09-09T05:44:42","slug":"csd-vs-fifa-sanciones-fifa-real-madrid-y-atleti","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.diariosur.es\/deporlegal\/2016\/09\/09\/csd-vs-fifa-sanciones-fifa-real-madrid-y-atleti\/","title":{"rendered":"CSD vs FIFA. Sanciones FIFA Real Madrid y &#8220;Atleti&#8221;."},"content":{"rendered":"<p><strong>La licencia de un menor en el f\u00fatbol base, CSD vs FIFA.\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Es m\u00e1s que notoria la problem\u00e1tica planteada por el art\u00edculo 19 del Reglamento de la\u00a0<strong>FIFA<\/strong>\u00a0seg\u00fan el cual, se limita y mucho la tramitaci\u00f3n de licencias de jugadores menores extranjeros en Espa\u00f1a y por el que se ha sancionado a Clubes de Primera Divisi\u00f3n. \u00a0El motivo no es otro que la especulaci\u00f3n que se hace del menor debido a la mercantilizaci\u00f3n de este noble deporte.<\/p>\n<p>Los jugadores no son m\u00e1s que uno de los productos de las grandes corporaciones y empresas que rigen el f\u00fatbol, tambi\u00e9n llamados Clubes Deportivos o en t\u00e9rminos jur\u00eddicos, Sociedades An\u00f3nimas Deportivas.<\/p>\n<p>Son muchas las dificultades que se est\u00e1n encontrando clubes de ni\u00f1os para inscribir a jugadores menores bajo su disciplina. Es cierto que el f\u00fatbol est\u00e1 tan mercantilizado que nos podemos encontrar situaciones como el \u201ctr\u00e1fico de jugadores menores\u201d y sus familiares. Desafortunadamente estas situaciones no hacen m\u00e1s que demostrar que las limitaciones son necesarias aunque pensamos que no tan restrictivas.<\/p>\n<p>En el\u00a0<strong>f\u00fatbol base<\/strong>\u00a0hemos de decir que los clubes modestos no tienen ni la capacidad ni la intenci\u00f3n de \u201ctraficar con ni\u00f1os\u201d simplemente realizan una labor social por la que muchos de los ni\u00f1os de nuestros extranjeros residentes en Espa\u00f1a tienen una v\u00eda de integraci\u00f3n en nuestra sociedad por medio del deporte.<\/p>\n<p>Los requisitos fundamentales son el permiso de residencia y trabajo de padre y madre, es donde realmente surge la problem\u00e1tica. Hasta esta decisi\u00f3n de la FIFA cualquier ni\u00f1o pod\u00eda venir a jugar a f\u00fatbol del mismo modo que a estudiar o ambas y es la v\u00eda por donde argumenta su\u00a0<a href=\"http:\/\/www.iusport.es\/documentos\/Resolucion-CSD-menores-17316.pdf\" rel=\"external nofollow\">Resoluci\u00f3n 02\/16 del 17 de Marzo del CSD<\/a>. En la pr\u00e1ctica en\u00a0<strong>DeporLegal<\/strong>\u00a0nos hemos encontrado madres viviendo legalmente en Espa\u00f1a y padre desconocido, imposible tramitar licencia; Padre y madre con suficiencia econ\u00f3mica y sin embargo sin permiso de residencia, imposible tramitar licencia. Madre con trabajo en Espa\u00f1a, divorciada, imposible tramitar licencia, ect.<\/p>\n<p>Nos encontramos por lo tanto con la disyuntiva CSD vs FIFA, el primero alega que una ley de una Asociaci\u00f3n no puede estar \u201cpor encima\u201d de las leyes espa\u00f1olas y el segundo argumenta que en una Asociaci\u00f3n es privada y regula a sus miembros como estima conveniente y mucho m\u00e1s cuando la normativa est\u00e1 destinada a la protecci\u00f3n del menor.<\/p>\n<p>Son numerosos los argumentos de una y otra parte ya que ambos van enfocados a proteger al menor, pero como se suele decir, en el t\u00e9rmino medio est\u00e1 la virtud. Tanto\u00a0<strong>CSD y RFEF ( FIFA )<\/strong>\u00a0deber\u00edan establecer un acuerdo\u00a0y restringir el traspaso de menores sin menoscabar sus derechos m\u00e1s fundamentales. \u00bfD\u00f3nde esta el l\u00edmite?, atrevi\u00e9ndonos a opinar y desde el mayor de los respetos a ambas instituciones, el l\u00edmite deber\u00eda estar en el control post firma.<\/p>\n<p>Asegurarnos de que las condiciones personales y familiares de los jugadores son las id\u00f3neas, estableciendo un baremos y par\u00e1metros que tuvieran que cumplir tanto Federaci\u00f3n, Club , representante , familiares y jugador. Decimos familiares porque a veces, son los mismos padres los causantes de estos abusos permitiendo condiciones insostenibles para menores con un \u00fanico fin, que el ni\u00f1o sea su fuente de ingresos. Tendr\u00edan tanto Federaciones Territoriales, \u00a0Nacionales y \u00a0la FIFA, que ejercer esta labor de control, cuesti\u00f3n m\u00e1s que dif\u00edcil a nivel pr\u00e1ctico puesto que s\u00f3lo en la Provincia de M\u00e1laga practican f\u00fatbol m\u00e1s de 25.000 ni\u00f1os, aunque ci\u00f1\u00e9ndonos a los extranjeros pensamos que las Federaciones tienen capacidad m\u00e1s que suficiente de crear y sostener este mecanismo de control.<\/p>\n<div><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La licencia de un menor en el f\u00fatbol base, CSD vs FIFA.\u00a0 Es m\u00e1s que notoria la problem\u00e1tica planteada por el art\u00edculo 19 del Reglamento de la\u00a0FIFA\u00a0seg\u00fan el cual, se limita y mucho la tramitaci\u00f3n de licencias de jugadores menores extranjeros en Espa\u00f1a y por el que se ha sancionado a Clubes de Primera Divisi\u00f3n. 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