Presumo que en el titular que escojo para estas líneas encierra el meollo de la cuestión. De lo que se trata es de que a la hora de elegir un alcalde de una población de mayor o menor envergadura, sean los ciudadanos de a pie quienes decidan. En otras palabras, que los políticos queden en segundo plano y sea la vecindad quien ocupen el primer lugar llegada la hora de a cercarse a las urnas para decidir a los que han de regir su destino en un periodo de cuatro años.
O sea, elección directa, que es lo que propugna el presidente del Gobierno y sus incondicionales del partido. Naturalmente, como no podía ser de otro modo, le han saltado a la yugular tanto el PSOE (curiosamente defendió la misma propuesta a capa y espada en su programa electoral en años cuando acariciaba el poder, año 2004) como alguno de los partidos emergentes, caso de Podemos (que no oculta sus proclamas de que los políticos se acerquen al pueblo y no echen en saco roto sus anhelos, con lo que no se puede dejar de ver una flagrante discordancia).
De aprobarse esta ley, que vendría a reformar lo que prescribe la Constitución al respecto (artículo 140: la elección de los alcaldes la harán los concejales o los vecinos) se sabría el nombre del alcalde (o de los dos alcaldes aspirantes, si se exige una segunda vuelta) en el mismo momento en culmine el recuento de votos sobre la consulta.
Se acabará así con los conciliábulos y camarillas en los despachos en los que unos pocos eligen a aquél que ha de ostentar la vara de mando durante los próximos cuatro años dándoles las espaldas al electorado, ajeno a los pactos hasta que no se hacen públicos, y que no pocas veces proclaman el descontento y el rechinar de dientes.
No es que se proscriban los pactos, pero a condición de que se establezcan antes y no después de consumados los comicios, o sea a toro pasado. Para que el desencanto no aflore en el rostro de quienes decidieron ejercer su sacrosanto derecho al voto y se vean burlados en sus intenciones.