En este breve post os contamos cuales son los requisitos para que un menor extranjero pueda acceder a su ficha federativa en España. La FIFA prohibe la transferencia internacional de menores de edad en su artículo 19.1 del Reglamento sobre el Estatuto de Transferencias.
En este mismo artículo en su apartado segundo enumera tres excepciones que habilitan que un jugador menor pueda ser transferido
Pero a estas tres razones que limitan y mucho el traspaso de jugadores y que, como contábamos en el post anterior han producido un conflicto entre las instituciones públicas CSD y la RFEF, la FIFA vía jurisprudencial, es decir, sin cambiar el citado artículo 19 sino mediante resoluciones dictadas y enviadas a las Federaciones Miembro, introdujo el pasado año tres nuevas excepciones para facilitar el traspaso de jugadores, pero sin perder el control y ante todo velando siempre por la integridad de los niños en el fútbol, como así viene haciendo además en programas como FIFA GUARDIANS.
Estas tres nuevas excepciones son:
Las dos primeras vienen a solventar un problema mayor, que la condición de refugiado de un menor y que gracias al fútbol tenga la oportunidad tanto él como sus familiares de salir de una situación difícil en su país.
Con respecto a la tercer, ya estaba prevista en la regulación la necesidad de que el jugador no se mudara por razones deportivas y así lo tenían que reflejar en un documento firmado por los padres. Esta excepción no es más que lo que la práctica ha producido, que los jóvenes futbolistas vengan a estudiar como «método» de entrada, aunque en realidad vienen a jugar al fútbol. Aún así, es un beneficio para el jugador esta obligación a la que se puede acoger, puesto que de todos es sabido que la formación académica es muy importante para el desarrollo del jugador.
Esperemos se cumplan los requisitos y consigamos que tantos nuestros jugadores nacionales como los menores extranjeros se formen ya no sólo como grandes futbolistas sino también como grandes personas.